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Vence el 30 de abril plazo para presentar declaracion anual del periodo 2017

El 30 de abril vence el plazo para la presentación de la declaración anual de impuestos correspondiente al periodo 2017, y están obligados aquellos contribuyentes que hayan obtenido ingresos por concepto de honorarios o prestación de servicios profesionales, arrendamiento de bienes inmuebles, o por realizar actividades empresariales, comerciales, industriales, agrícolas, pesca y autotransporte, informó el Lic. y M.I. Jorge Alberto Pickett Corona

Indicó que también están obligados a presentar su declaración anual quienes hayan obtenido ingresos por la compra o venta de bienes, por percibir salarios, intereses, así como por las deudas condonadas por el acreedor o saldadas por un tercero, ingresos por préstamos, premios y donativos que en su individual o en conjunto excedan de $600,000 pesos.

También se encuentran obligados a la presentación de dicha declaración aquellos asalariados que en un año perciban ingresos mayores a los $400,000 pesos, así como los asalariados que en un solo año fiscal hayan tenido dos o más patrones.

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el impuesto que grava directamente los ingresos de los contribuyentes, y la ley indica que este gravamen se aplica en cada ejercicio y se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual, acotó el abogado fiscalista.

 

 

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