Vivir en pareja es lo mejor para tus finanzas
Vivir en pareja es mejor, si se administran las finanzas en conjunto, para ello, existen productos que se pueden adquirir como un crédito hipotecario mancomunado, un seguro de vida o de gastos médicos mayores familiar o bien cuentas bancarias mancomunadas.
En el marco de la celebración del Día del Amor y la Amistad, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en su revista Proteja su dinero realiza algunas recomendaciones en este sentido, para orientar a los consumidores sobre la opción de regalar productos financieros.
Destaca que en la modalidad del crédito hipotecario mancomunado se puede obtener una mejor casa o departamento en pareja, debido a que la institución financiera que se elija considera los ingresos de ambos para determinar el monto del préstamo.
El crédito, indica, puede realizarse a través de un banco, una Sofom E.N.R, del Infonavit o el Fovissste, y los requisitos son los mismos que los de un crédito hipotecario individual, además de que cada institución solicita la documentación que considere necesaria.
Es importante tomar en cuenta que la mayoría de las instituciones piden que exista un matrimonio constituido comprobable, por lo que solicitan acta de matrimonio, además de tener presente que es una deuda a largo plazo, por lo que esta decisión se tiene que platicar con la pareja.
Asimismo, si alguno de los dos tiene problemas en el Buró de Crédito se tiene que aclarar, ya que puede repercutir en el trámite y en la adquisición del crédito. La Condusef refiere que cada institución al momento de firmar el contrato, estipula los diversos seguros que se deben cubrir durante la vida del crédito.
Las ventas atadas están prohibidas y la pareja tiene el derecho de elegir el seguro que mejor cubra sus necesidades. Después de elegir la institución se debe pedir a ésta aclare todas las dudas al respecto y antes de adquirir el crédito es importante revisar la póliza para conocer sus coberturas, montos asegurados y demás cláusulas.
También se tiene que considerar que existen factores externos que pueden afectar la capacidad de pago que ponga en riesgo el patrimonio, como el deceso inesperado de alguno de los contratantes. Por lo que, en este caso, se debe dar aviso de inmediato a la institución de crédito y a la aseguradora para realizar el trámite del seguro de vida.
Otro producto financiero es el seguro de vida, el cual brinda bienestar y tranquilidad en caso de encontrarse en una situación inesperada, sin embargo, es muy importante que se garantice la estabilidad financiera en caso de que fallezca uno de los dos, si la pareja depende económicamente del otro. Dentro de este seguro, el, la o los beneficiarios que se designen, recibirán el dinero pactado en la póliza, al momento de tu deceso, y puede ser uno de los miembros de la pareja quien pague la prima o en conjunto.
La salud y el bienestar de la pareja o de la familia es una prioridad, por lo que se puede contratar un seguro de gastos médicos mayores familiar, que cubre generalmente, citas médicas, urgencias, reembolso de gastos médicos y accidentes, entre otros.
Es necesario que antes de adquirir este producto, la pareja puede determinar si la paga en conjunto y en caso de que rompa la relación, sólo se daría de baja uno, además, se tiene que verificar que esta cláusula esté en la póliza para que se pueda conservar la antigüedad y tal vez, el precio.
La Condusef sugiere que antes de contratar algún seguro verifiquen que el producto se adecúe a las necesidades, así como conocer la vigencia y prima para saber si pueden pagarlo sin dañar sus finanzas y sobre todo, pide que lean el contrato antes de firmarlo.
También están las cuentas bancarias mancomunadas, -que aunque parezca difícil- se pueden manejar, ya que, al vivir juntos, tal vez deseen viajar, comprar un auto, construir una vivienda o tener un fondo para emergencias, por mencionar algunos planes.
En este caso, la Condusef resalta la importancia de considerar las responsabilidades financieras que tendría cada uno, pues los dos pueden tener acceso al dinero. Subraya que las cuentas bancarias pueden ser: indistinta o solidaria, en la que cualquiera de los titulares puede disponer del saldo y, conjunta o mancomunada, para lo cual es necesario la firma y autorización de los dos titulares para disponer del saldo.
Para solicitar este producto, los interesados podrán ir a alguna de las sucursales del banco de su preferencia. Cabe mencionar que este tipo de cuentas necesitan la autorización de ambos.
En una cuenta en conjunto, recalca, las facultades de cada integrante se limitan a disposición y a las funciones necesarias para ello, como firmar un cheque u ordenar una transferencia, y si alguno intenta cancelar o modificar el contrato no lo lograría, pues es necesaria la firma de ambos, concluyó la Condusef.